Normas y avisos
Los pasajeros con reservas confirmadas tienen derecho, en determinadas condiciones, a recibir indemnización en caso de denegación de embarque, cancelación de vuelo o retraso de más de cuatro (4) horas en vuelos con salida desde Vietnam siempre y cuando el motivo de la interrupción esté dentro de nuestro control.
A. Denegación de embarque
En caso de denegación de embarque, quedamos exentos del pago de indemnización en las siguientes circunstancias:
Distancia del vuelo | Importe de la indemnización* |
Vuelos nacionales | |
Menos de 500 km | 200.000 VND |
Entre 500 km y 1.000 km | 300.000 VND |
1.000 km o más | 400.000 VND |
Vuelos internacionales con salida desde Vietnam | |
Menos de 1.000 km | 25 USD |
Entre 1.000 km y 2.500 km | 50 USD |
Entre 2.500 km y 5.000 km | 80 USD |
5.000 km o más | 150 USD |
*Tenga en cuenta que si un vuelo se retrasa y, a continuación, se cancela, solo se concederá una indemnización.
Podremos abonarle la indemnización en cualquiera de las siguientes formas de pago:
A. Denegación de embarque
Si se le deniega el embarque por motivos dentro de nuestro control, le proporcionaremos la indemnización en el momento en que se le deniegue el embarque.
B. Cancelación de vuelo o retraso prolongado
Si su vuelo se cancela o sufre un retraso de más de cuatro (4) horas por motivos dentro de nuestro control, le proporcionaremos la indemnización en un plazo de catorce (14) días laborables a partir de la fecha en que recibamos su solicitud de indemnización.
Si tiene alguna pregunta relacionada con sus derechos conforme a la circular n.º 14/2015/TT-BGTVT o si desea presentar una solicitud de indemnización, póngase en contacto directamente con el departamento de atención al cliente de Emirates a través del formulario online de comentarios o quejas.
El pago de indemnizaciones por cancelaciones o retrasos de más de cuatro (4) horas que cumplan los requisitos se efectuará en un plazo de catorce (14) días laborables tras la recepción de la solicitud por escrito por parte del departamento de atención al cliente de Emirates.
Este aviso es de obligada publicación según lo previsto en el artículo 4(2) de la circular n.º 44/2023/VBHN-BGTVT de 2 de agosto de 2023 del Ministerio de Transporte que regula las indemnizaciones anticipadas no reembolsables en el transporte de pasajeros aéreos. En caso de existir alguna contradicción entre este aviso y la ley, prevalecerá lo dispuesto en la ley.